Podeis ver qué es un buggy aquí: www.vientonorte.com
ART 14:1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:a. Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.b. Comprometer la estabilidad del vehículo.c. Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.d. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.