Pues eso.. que manda cojones que para homologar una putifurgo tengas que remover roma con santiago y llegue un paisano con un tanque... si si... un tanque!!! , de la guerra del golfo y lo homologue como clásico y ya esta.. a circular por ahí.
¿¿Un tipo "BMR" ??¿¿Cuando se considera un coche "clasico"?? es decir, ¿¿cuantos años hace falta que pasen para que se considere como tal??Vamos... que la ITV es para poderosos... a los pobres... a pringarla
Si es como este... https://www.ejercito.mde.es/materiales/bmr.html
Seria para ver la cara de los de Linea Directa.
REGLAMENTO DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS.CAPÍTULO I: CATALOGACIÓN.Artículo 1. Concepto y condiciones.Podrán ser considerados vehículos históricos a los efectos de este Reglamento:1. Los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de sufabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en sudefecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.En todo caso, para que un vehículo pueda, por su antigüedad, ser calificado como histórico, sus piezasconstitutivas deberán haber sido fabricadas en el período de producción normal del tipo o variante deque se trate y de sus recambios, con excepción de los elementos fungibles sustituidos porreproducciones o equivalencias efectuadas con posterioridad al período de producción normal, quehabrán de hallarse inequívocamente identificadas. Si hubiera habido modificaciones en la estructura ocomponentes, la consideración de vehículo histórico se determinará en el momento de la catalogación.2. Los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio HistóricoEspañol o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haberpertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendenciahistórica, si así se desprende de los informes acreditativos y asesoramientos pertinentes.3. Los llamados vehículos de colección, entendiéndose por tales los que, por sus características,singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse alrégimen de los vehículos históricos.