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ForoCamper.com => Furgos y Campers => Mensaje iniciado por: MrPerdy en Dom, 04 Septiembre 2005, 17:24:11, pm

Título: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Dom, 04 Septiembre 2005, 17:24:11, pm
hola de nuevo

Abro este post para ver que se necesita para homologar una camper.
A saber, hasta donde yo se necesitas una autorizacion del del fabricante, un certificado del taller instalador y un proyecto visado.

Como muchos sabeis, yo puedo redactar y visar proyectos, lo que ocurre es que no tengo tiempo pa ná. Si alguno ha homologado algo, podria tener la bondad de mandarme el proyecto, y yo podria jugar a cortar copiar y intentar homologar nuestros cacharros.....

A ver, ramasam, tu que parece que eres el que mas puesto esta en el tema.... que opinas? Sabes algo?

Quedo a vuestra disposicion, eso si, con algo de ayuda, pues no tengo tiempo pa recopilar todo lo que hace falta pa un proyecto. Eso si, si tuviese uno, es mucho mas facil adaptarlo a cada caso concreto. Para que os hagais una idea, 1er proyecto, partiendo de cero.... x horas. 2 y sucesivos, 5% o 10% de las horas del primero. Al 5 o 10 llego, a mas no...

Saludos camperos homologables como vehiculo vivienda
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Dom, 04 Septiembre 2005, 20:41:32, pm
la verdad es que a mi también me encantaría ver un proyecto, electricidad, gas, .. muebles.. estaría bien para hacerse una idea.

saludos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: VIVARACHO en Lun, 05 Septiembre 2005, 10:06:10, am
Habeis valorado la posibilidad de que no sea "vehiculo vivienda". Se de buena tinta que ciertos talleres que montan estas cosas  "pasan" la ITV como armarios y tienen cama y todo. Esa por lo menos es mi idea...
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Lun, 05 Septiembre 2005, 12:07:24, pm
Lo de Homologar ( entiendo que la palabra significa mas o menos que todo siga un criterio comun ) me da
risa es que en este avanzado pais se llama homologar a que una ITV te diga que una cosa no es asi y te desplazes
30 Km y la otra te HOMOLOGUE o marque como incidencia leve ,
( Yo para el camion estoy mirando primero a que ITV ir , es que es patetico )
es que te les la normativa y es mas ambigua que un Cura Militar ( que yo sepa lo uno proclama la otra mejilla y lo otro
proclama llegar a la paz a base de ostias bueno el primero tambien pero otro tipo de Ostias ).
 ;D no tengo ningu proyecto disponible porque no me puesto de momento en el tema
en el caso del disco simplemente circulo de incognito ,
pero mirare de conseguir alguna cosilla si la encuentro ,
pero como referencia los que se dedican a los vehiculos para mercados cobran unos 300 euros por el proyecto
( debido a esto tampoco me he preocupado mucho de hacermelo yo porque como indicas a falta de horas ...)
 :)
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Lun, 05 Septiembre 2005, 17:03:05, pm
supongo que lo habreis visto, pero por si acaso....

https://www.roulot.com/equipamientos/legalizaciondecampers.htm
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: nan en Lun, 05 Septiembre 2005, 20:35:23, pm
a ver, ayer me paro la guardia civil y me empezo a preguntar si tenia homologados l los cristales tintados, como la furgo es nueva hace poco me mandaron los papeles de los cristales tintados, pero no los tenia en el coche, el agente me empezo a decir que me podia meter una multa por no llevar el papel ademas me dijo que tenia que ir con ese papel a pasar la itv, me quede a cuadros, por suerte solo fue un aviso.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: bud en Lun, 05 Septiembre 2005, 21:13:39, pm
Lo de que necesitas el papelito, vale, pero lo de que hay que ir a pasar la ITV, una mierda, eso se lo ha inventao el GC ese.
Aquí ni los agentes se enteran de las leyes (más que nada porque son ambiguas y no hay quien las entienda) y así nos va.
A mi me han parao varias veces y me han echo abrir el coche porque no veían nada a través de la ventana pero no me han pedido los papeles de las lunas.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Lun, 05 Septiembre 2005, 21:37:38, pm
joño, debeis tener cara de delincuentes  :-D    jejejejejjejejeje

a mi no me han parado nunca por las lunas, vamos, ni por nada..... si es que algo tiene que tener llevar un coche de papaito de familia, me tienen que ver la cara y decir.. pobre, tan joven y ya con familia numerosa  :-D

yo para las lunas solo tengo un papel de la empresa que los instaló, que tampoco te creas que tiene mucha pinta de papel "oficial" ni na.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: guagua touring en Mar, 06 Septiembre 2005, 13:39:48, pm
Como ya he dicho alguna vez, de temas legales voy bastante pez, pero tengo una pregunta muy básica. ¿Para que sirve homologar (o legalizar)? ¿Tiene alguna ventaja fiscal, seguro, o...?

Gracias y saludos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: jmbotula en Mar, 06 Septiembre 2005, 13:54:39, pm
Yo por ejemplo, lo tengo homologado como Autocaravana, y en el seguro me cobran muchisimo menos, que si fuera unicamente furgoneta.
salu2
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 14:00:52, pm
en caso de accidente te pueden buscar las cosquillas  ;D si lo cuentas claro
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: vitotxu en Mar, 06 Septiembre 2005, 14:15:16, pm
Mr Perdy, k titulo o k hace falta para poder visar proyectos?
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: VIVARACHO en Mar, 06 Septiembre 2005, 15:18:24, pm
INGENIERO y estar colegiado.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Mar, 06 Septiembre 2005, 16:37:48, pm
yo tengo una duda, para homologarlo como autocaravana hace falta el proyecto de electricidad, el de gas, el de los muebles,....

pero puedes homologar solo los muebles y el asiento cama por ejemplo? supongo que si, no?
y para esto también hace falta un proyecto? de que tipo? de un ingeniero también? supongo que habrá que especificar las sujecciones como están hechas y cosas así, no?

Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: VIVARACHO en Mar, 06 Septiembre 2005, 16:58:55, pm
Nada. nada. Un vehiculo o es vehiculo (sin mas) o es (vehiculo vivienda) El vehiculo vivienda es aquel que tiene una cocina una cama una mesita y algo mas que no recuerdo. Entonce lo tienes que legalizar como vehiculo vivienda. Si no tienes instalacion de gas , no necesitas proyecto de gas, si no tienes 220 no necesitas proyecto electrico y ya si no tienes muebles no es vehiculo vivienda jejejeje....
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 17:17:48, pm
para ser vivienda basicamente necesita cama i mesa que recuerde,
ahora estoy liado con la homologacion de mi bicho y ese me esta trayendo
muuuuuuchhhhhhooooo trabajo si voy encontrando cosas que os sirvan os las pongo
saludos :)
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 17:46:14, pm

Aqui teneis el codigo de circulación ( la biblia del mundo en el que circulamos vaya)
podeis buscar el apartado vehiculo vivienda en la clasificación correspondiente .
deberian figurar las limitaciones de velocidad pasajeros y configuracion minima que
creo que es cama y mesa si no recuerdo mal ,
apartir de aqui lo que sumas tienes que homologar como comentais
220 V certificado de media
gas si es fijo otro tanto
asientos si se han cambiado ...

https://www.boe.es/boe/dias/2003-12-23/pdfs/A45684-45772.pdf

saludos y que os entretengais  :) ;) :D ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 18:30:02, pm
aun hay mas amigos jajja
meted esto en el goggle y os saldran los diferentes anexos
tema autocaravanas max speed 90 Km/h segun he creido leer
si es vehiculo mixto adaptado 100km/H
anexo site:www.mir.es
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 18:58:03, pm
y mas
ANEXO I
REGLAMENTACIÓN VIGENTE
1. Relación entre artículos del Reglamento General de Vehículos y reglamentación vigente

Artículo
del
Reglamento Párrafo Materia Legislación aplicable Reglamento
Disposición adicional tercera   Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Ley 30/1995, de 8.11.
1 1 Homologación de tipo RD 2140/85, RD 2406/85, RD 2028/86, OM 10.07.84, OM 28.03.85, OM 20.09.85, OM 27.12.85, OM 28.10.91, OM 28.12.93, OM 09.03.95.
2   Registro de Vehículos LO 5/1992, de 29­10, Ley 30/1992, de 26­11, OM 26.07.94.
3   Conceptos básicos RD 2140/85, RD 2406/85, RD 2028/86, OM 10.07.84, OM 28.03.85, OM 20.09.85, OM 27.12.85, OM 28.10.91, OM 28.12.93, OM 09.03.95.
4   Clasificación de vehículos RD 2140/85, RD 2406/85, RD 2028/86, OM 10.07.84, OM 28.03.85, OM 20.09.85, OM 27.12.85, OM 28.10.91, OM 28.12.93, OM 09.03.95.
5   Homologación de tipo y exenciones RD 2140/85, RD 2028/86, OM 20.09.85.
6   Homologación Componentes RD 2028/86.
7   Reformas de importancia RD 2140/85, RD 1457/86, RD 736/88.
8 1 Placas e inscripciones reglamentarias RD 2140/85, RD 2028/86.
8 2 Modificación de placas e inscripciones reglamentarias RD 736/88.
9   Compatibilidad RD 2140/85, RD 2028/86, RD 736/88, OM 20.9.85.
10   Inspección Técnica de Vehículos RD 1987/85, RD 2042/94, OM 13.11.96.
11 1 Campo de visión del conductor RD 2028/86.
11 2 Retrovisores RD 2028/86.
11 3 Vidrios de seguridad RD 2028/86.
11 4 Limpia y lavaparabrisas RD 2028/86.
11 4 Antihielo y antivaho RD 2028/86.
11 5 Equipo de dirección y protección contra el volante RD 2028/86.
11 6 Marcha atrás RD 2028/86.
11 7 Avisadores acústicos RD 2028/86.
11 8 Mandos, indicadores y testigos RD 2028/86.
11 9 Protección contra órganos mecánicos y su equipo complementario RD 2028/86.
11 10 Depósitos de carburante RD 2028/86.
11 11 Indicador de velocidad RD 2028/86.
11 12 Limitador de velocidad RD 2028/86, RD 2484/94.
11 12 Tacógrafo RD 2028/86, RD 2242/96, OM 16.11.81, OM 16.11.81, OM 24.9.82, OM 14.10.82, OM 11.7.83, OM 11.7.83, OM 11.7.83, R 3821/85/CEE, R 3314/90/CEE, R 3572/90/CEE, R 3688/92/CEE, R 2479/95/CEE.
11 13 Anclajes de cinturones de seguridad RD 2028/86.
11 13 Cinturones de seguridad y dispositivos de retención RD 2028/86.
11 14 Apoyacabezas RD 2028/86.
11 15 Protección contra la utilización no autorizada RD 2028/86.
11 16 Protección trasera RD 2028/86, OM 25.5.82, OM 25.3.83.
11 17 Protección lateral RD 2028/86.
11 18 Protección delantera RD 2028/86.
11 19 Compatibilidad electromagnética (Antiparasitado) RD 2028/86.
11 19 Emisiones RD 2028/86.
11 19 Humos RD 2028/86.
11 19 Ruidos RD 2028/86.
12 1 Acondicionamiento interior y exterior RD 2028/86.
12 2 Anclajes de asientos RD 2028/86.
12 3 Puertas, cerraduras y bisagras RD 2028/86.
12 4.1 Vidrios de seguridad RD 2028/86.
12 5.1 Neumáticos y neumáticos de uso temporal RD 2028/86, OM 28.12.88, OM 25.4.95, OM 16.1.96.
12 5.2 Neumáticos especiales RD 2028/86.
12 6 Dispositivos antiproyección RD 2028/86.
12 8.1,2,3, 4 y 5 Frenado RD 2028/86.
12 9 Mercancías peligrosas. Internacional Acuerdo 30.9.57, OM 20.9.85, OM 30.12.94.
12 9 Mercancías peligrosas. Nacional RD 74/92, RD 2115/98, OM 20.9.85, OM 30.12.94, OM 7.2.96, OM 16.10.96.
12 9 Mercancías perecederas Acuerdo 1.9.70, RD 2312/85, RD 2483/86, OM 6.7.93, Anuncio 19.2.96.
12 9 Resistencia de la superestructura RD 2028/86.
12 9 Transporte de viajeros RD 2028/86.
12 9 Transporte escolar y de menores RD 2296/83, OM 26.10.83.
13 1, 2 y 3 Compatibilidad tractor­remolque RD 2028/86, OM 20.9.85.   
14   Masas y dimensiones RD 2028/86.
15, 16 y 17   Dispositivos de alumbrado y señalización RD 2028/86.
18 2 Señales en los vehículos Convenio de Ginebra de 19.9.49, RD 763/79, RD 1596/82, RD 1753/84, RD 1987/85, RD 2028/86, OM 17.7.78, OM 13.9.78, OM 27.1.82, OM 25.10.90, OM 7.2.96.
19   Accesorios, repuestos y herramientas RD 2028/86.
19   Extintores OM 30.7.75, OM 31.5.82, OM 26.10.83, OM 31.5.85.
21 1 Homologación de tipo RD 2140/85, RD 2028/86, RD 736/88, OM 10.7.84, OM 28.3.85, OM 27.12.85, OM 28.10.91, OM 28.12.93, OM 9.3.95.
21 2 Dispositivos de alumbrado y señalización RD 2028/86.
22 3 Dispositivos de alumbrado y señalización RD 2028/86.
22 4 y 6 Homologación RD 2406/85.
23 5 Dispositivos de alumbrado y señalización RD 2028/86.
24   Dispositivos de alumbrado y señalización RD 2028/86.
25 2 Tarjeta ITV o Certificado de características de ciclomotor RD 2140/85, RD 2028/86, OM 10.7.84
26 1b) Tarjeta ITV o Certificado de características de ciclomotor RD 2140/85, RD 2028/86, OM 10.7.84.
28 2 Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
28 2 Certificado para matrícula de vehículos OM 30.5.89.
30 1 Duplicado tarjeta ITV RD 1987/85, RD 2140/85.
30 3 Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
32 1 y 3 Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
33 1 y 3 Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
35 1 Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
35 2 Inspección técnica de vehículos RD 1987/85, RD 2042/94.
35 3 Vehículos abandonados Ley 10/98, de 21.04. OM 14.2.74.
36   Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
38   Inscripción maquinaria agrícola OM 28.5.87.
38   Inspección técnica de vehículos RD 1987/85, RD 2042/94.
39 4 y 6 Matrícula diplomática RD 2140/85, OM 15.7.77.
40 6 Matrícula turística RD 1571/93.
41   Vehículos históricos RD 1247/95.
49 1 Placas de matrícula RD 2100/76, RD 2028/86, OM 31.7.72, OM 28.9.72, OM 9.5.77, OM 20.9.85, OM 27.9.91.
50 2 y 3 Circulación internacional de los vehículos R 2411/98/CEE.

2. Relación entre reglamentación vigente y artículos del Reglamento General de Vehículos

I. LEYES

Reglamentación Artículos afectados
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal (BOE 31­10­92) 2
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27­11­92) 2
Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los Seguros Privados (BOE 9.9.95) Disposición adicional tercera
Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos 35.3

II. REALES DECRETOS

Reglamentación Artículos afectados
Decreto 3025/74, de 9 de agosto. Sobre limitación de la contaminación atmosférica producida por los vehículos automóviles (BOE 7.11.74) 11.19
RD 2100/76, de 10 de agosto. Fabricación, importación, venta y utilización de piezas, elementos o conjuntos para reparaciones de automóviles (BOE 9 - 9 - 76) 49.1
RD 763/79, de 15 de marzo. Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros (BOE 13 - 4 - 79) 18.2
RD 1596/82, de 18 de junio. Reglamento para la aprobación de modelo de taxímetros (BOE 23 - 7 - 82) 18.2
RD 2296/83, de 25 de agosto. Tráfico y circulación de vehículos escolares y de menores (BOE 27 - 8 - 83) 12.9
RD 1753/84, de 30 de agosto. Aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores de vehículos a motor (BOE 3 - 10 - 84) 18.2
RD 1987/85, de 24 de septiembre. Normas generales de instalación y funcionamiento de las Estaciones ITV (BOE 28 - 10 - 85) 10 - 18.2 - 30.1 - 35.2 - 38
RD 2312/85, de 24 de septiembre. Por el que se aprueban las normas de homologación, ensayo e inspección del acondicionamiento térmico de los vehículos de transportes de mercancías perecederas (BOE 13 - 12 - 85) 12. 9
RD 2140/85, de 9 de octubre. Homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos (BOE 19 - 11 - 85 y 18 - 12 - 85) 1.1 - 3 - 4 - 5 - 7 - 8.1 - 9 - 21.1 - 25.2 - 26.1b - 30.1 - 39.4 - 39.6.
RD 2406/85, de 20 de noviembre. Declara de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y su homologación por parte del Ministerio de Industria y Energía (BOE 30 - 12 - 85) 1.1 - 3 - 4 - 22.4 - 22.6
RD 1457/86, de 10 enero. Regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (BOE 16 - 7 - 86) 7
RD 2028/86, de 6 de junio. Normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques así como de partes y piezas de dichos de dichos vehículos (BOE 2 - 10 - 86 y 21 - 6 - 96) 1.1 - 3 - 4 - 5 - 6 - 8.1 - 9 - 11.1 - 11.2 - 11.3 - 11.4 - 11.5 - 11.6 - 11.711.8 - 11.9 - 11.10 - 11.11 - 11.12 - 11.13 - 11.14 - 11.15 - 11.16 - 11.17 - 11.18 - 11.19 - 12.1 - 12.2 - 12.3 - 12.4.1 - 12.5.112.5.2 - 12.6 - 12.8.1 - 12.8.2 - 12.8.3 - 12.8.4 - 12.8.5 - 12.9 - 13.1 - 13.2 - 13.3 - 14 - 15 - 16 - 17 - 18.2 - 19 - 21.1 - 21.2 - 22.3 - 23.5 - 24 - 25.2 - 26.1b - 49.1
RD 2483/86, de 14 de noviembre. Por el que se aprueba la reglamentación técnico - sanitaria sobre Condiciones Generales de Transporte Terrestre de Alimentos y Productos Alimentarios a Temperatura Regulada (BOE 5 - 12 - 86) 12.9
RD 736/88, de 8 de julio. Regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de carretera y se modifica el artículo 252 del Código de la Circulación (BOE 16 - 7 - 88) 7 - 8.2 - 9 - 21.1
RD 74/92, de 31 de enero. Aprueba el Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (BOE 22 - 2 - 92) 12.9
RD 1571/93, de 10 de septiembre. Adapta la reglamentación de la matriculación turística a las consecuencias de la armonización fiscal del mercado interior (BOE 15 - 9 - 93) 40.6
RD 2042/94, de 14 de octubre. Regula la inspección técnica de vehículos (BOE 17 - 11 - 94) 10 - 35.2 - 38
RD 2484/94, de 23 de diciembre. Regula la utilización, instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos (BOE 21 - 1 - 95) 11.12
RD 1247/95, de 14 de julio. Aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos (BOE 9 - 8 - 95) 41
RD 2242/96, de 18 de octubre. Normas sobre tiempos de conducción y descanso y sobre el uso del tacógrafo en el sector de los transportes por carretera en aplicación de los Reglamentos (CEE) 3820/85 y 3821/85 (BOE 26 - 1096) 11.12
RD 2115/98, de 2 de octubre. Transporte de mercancías peligrosas por carretera (BOE 16 - 10 - 98) 12.9

III. REGLAMENTOS CEE Y OTRA REGLAMENTACIÓN INTERNACIONAL

Reglamentación Artículos afectados
Convenio de Ginebra, de 19 de septiembre de 1949 (BOE 12 - 4 - 58) 18.2
Acuerdo de 1 de septiembre de 1970, sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas (BOE 22 - 11 - 76) 12.9
Reglamento 3821/85/CEE, de 20 de diciembre de 1985. Relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (DOCE 31 - 12 - 85) 11.12
Reglamento 3314/90/CEE, 16 de noviembre de 1990. Adapta al progreso técnico el Reglamento (CEE) N.° 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (DOCE 17 - 11 - 90) 11.12
Reglamento 3572/90/CEE, de 4 de diciembre de 1990. Modifica, en razón de la unificación alemana, determinados Reglamentos, Directivas y Decisiones en el sector de los transportes por carretera, por ferrocarril y por vía navegable (DOCE 17 - 12 - 90) 11.12
Reglamento 3688/92/CEE, de 21 de diciembre de 1992. Adapta al progreso técnico el Reglamento (CEE) N.° 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (DOCE 22 - 12 - 92) 11.12
Reglamento 2479/95/CEE, de 25 de octubre de 1995. Adapta al progreso técnico el Reglamento (CEE) N.° 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (DOCE 26 - 10 - 95) 11.12
ADR. Acuerdo Europeo de 30 de septiembre de 1957, sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (BOE 10 - 6 - 97) 12.9
Reglamento 2411/98/CEE, de 3 de noviembre de 1998. Reconocimiento en circulación intracomunitaria del signo distintivo del Estado miembro de matriculación de los vehículos de motor y sus remolques (DOCE 10 - 11 - 98) 50.2 - 50.3

IV. ÓRDENES MINISTERIALES

Reglamentación Artículos afectados
OM 31 - 7 - 72. Normalización de las placas de matrícula de los vehículos militares (BOE 8 - 8 - 72) 49.1
OM 28 - 9 - 72. Normalización de las placas de matrícula de los vehículos pertenecientes al Parque Móvil de la Dirección General de la Guardia Civil y Agrupación de Tráfico (BOE 11 - 10 - 72) 49.1
OM 14 - 2 - 74. Regula la retirada de la vía pública y el depósito de vehículos automóviles abandonados (BOE 25 - 2 - 74) 35.3
OM 30 - 7 - 75. Determina las condiciones técnicas que deben reunir los extintores de incendios para ser instalados en vehículos de transporte de personas y mercancías (BOE 18 - 8 - 75) 19
OM 9 - 5 - 77. Normas complementarias al RD 2100/1976, de 10 de agosto, en lo que se refiere a la actuación de las Jefaturas de Tráfico en relación con los establecimientos dedicados a la venta de placas de matrícula para vehículos automóviles (BOE 14 - 5 - 77) 49.1
OM 15 - 7 - 77. Nueva redacción al artículo 121 de las Ordenanzas de Aduanas (BOE 17 - 8 - 77) 39.4 - 39.6
OM 17 - 7 - 78. Uso de tarifas múltiples en los aparatos taxímetros (BOE 25 - 7 - 7) 18.2
OM 13 - 9 - 78. Homologación de indicadores luminosos de taxímetros de tarifas múltiples (BOE 18 - 9 - 78) 18.2
OM 16 - 11 - 81. Montaje, reparación y comprobación de tacógrafos de vehículos (BOE 22 - 12 - 81) 11.12
OM 16 - 11 - 81. Homologación de tacógrafos (BOE 13 - 1 - 82) 11.12
OM 27 - 1 - 82. Homologación de placas de señalización para vehículos de más de 12 metros de longitud (BOE 12 - 2 - 82) 18.2
OM 25 - 5 - 82. Homologación de dispositivos de protección contra el empotramiento para vehículos dedicados al transporte de mercancías (BOE 5 - 7 - 82) 11.16
OM 31 - 5 - 82. Aprueba la instrucción técnica complementaria MIE - AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión sobre extintores de incendios (BOE 23 - 6 - 82) 19
OM 24 - 9 - 82. Autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos (BOE 6 - 10 - 82) 11.12
OM 14 - 10 - 82. Control e inspección de tacógrafos (BOE 23 - 10 - 82) 11.12
OM 25 - 3 - 83. Modifica la de 25 de mayo de 1982 sobre homologación de dispositivos de protección contra el empotramiento para vehículos de transporte de mercancías (BOE 6 - 4 - 83) 11.16
OM 11 - 7 - 83. Modifica la Orden de 14 de octubre de 1982, de control e inspección de tacógrafos (BOE 20 - 7 - 83) 11.12
OM 11 - 7 - 83. Extiende la designación como instaladores de tacógrafos a los carroceros de autobuses y autocares (BOE 20 - 7 - 83) 11.12
OM 11 - 7 - 83. Normas sobre precintos, placa de montaje y libro de registro de tacógrafo (BOE 20 - 7 - 83) 11.12
OM 26 - 10 - 83. Aprueba las especificaciones técnicas a que se refiere el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto 2296/83, de 25 de agosto (BOE 4 - 11 - 83) 12.9
OM 26 - 10 - 83. Modifica Instrucción Técnica Complementaria MIE - AP5 sobre extintores de incendios (BOE 7 - 11 - 83) 19
OM 10 - 7 - 84. Normas y homologación de tipo de ciclomotores (BOE 27 - 7 - 84) 1.1 - 3 - 4 - 21.1 - 25.2 - 26.1b
OM 28 - 3 - 85. Modifica la Orden Ministerial de 10 de julio de 1984 (BOE 8 - 4 - 85) 1.1 - 3 - 4 - 21.1
OM 31 - 5 - 85. Modifica Instrucción Técnica Complementaria MIE - AP5 sobre extintores de incendios (BOE 20 - 6 - 85) 19
OM 20 - 9 - 85. Aprueba el Reglamento relativo a las prescripciones uniformes respecto a las características de construcción de caravanas y remolques ligeros(BOE 27 - 9 - 85) 1.1 - 3 - 4 - 5 - 9 - 13.1 - 13.2 - 13.3
OM 20 - 9 - 85. Instalación y homologación de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques (BOE 18 - 10 - 85) 49.1
OM 20 - 9 - 85. Construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas (BOE 27 - 12 - 85) 12.9
OM 27 - 12 - 85. Modifica la de 10 de julio de 1984 sobre homologación de tipo de ciclomotores (BOE13 - 1 - 86) 1.1 - 3 - 4 - 21.1
OM 28 - 5 - 87. Inscripción de máquinas agrícolas en los Registros Oficiales (BOE 10 - 7 - 87) 28.2 - 30.3 - 32.1 - 32.3 - 33.1 - 33.3 - 35.1 - 36 - 38
OM 28 - 12 - 88. Regula los manómetros para neumáticos de vehículos automóviles (BOE 24 - 1 - 89) 12.5.1
OM 30 - 5 - 89. Certificados para la matriculación de vehículos (BOE 16 - 6 - 89) 28.2
OM 25 - 10.90. Regula los distintivos de los vehículos que realizan transporte (BOE 30 - 10 - 90) 18.2
OM 27 - 9 - 91. Placas de matrícula de vehículos del Parque Móvil de la Dirección General de la Guardia Civil y Agrupación de Tráfico (BOE 12 - 10 - 91) 49.1
OM 28 - 10 - 91. Modifica las de 10 de julio de 1984 y 27 de diciembre de 1985 sobre homologación de tipo de ciclomotores (BOE 13 - 11 - 91) 1.1 - 3 - 4 - 21.1
OM 6 - 7 - 93. Modifica el Anexo del Real Decreto 2312/85, de 24 de septiembre, por el que se aprueban las normas de homologación, ensayo e inspección del acondicionamiento térmico de los vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE 20 - 7 - 93) 12.9
OM 28 - 12 - 93. Modifica las Órdenes ministeriales de 10 de julio de 1984 y 27 de diciembre de 1985 sobre homologación de ciclomotores (BOE 31 - 1293) 1.1 - 3 - 4 - 21.1
OM 26 - 7 - 94. Regula los ficheros con datos de carácter personas gestionados por el Ministerio de Justicia e Interior (BOE 27 - 7 - 94) 2
OM 30 - 12 - 94. Modifica la de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas (BOE 24 - 1 - 95) 12.9
OM 9 - 3 - 95. Modifica la Orden ministerial de 10 de julio de 1984 sobre homologación de ciclomotores (BOE 22 - 3 - 95) 1.1 - 3 - 4 - 21.1
OM 25 - 4 - 95. Regula el control metrológico de los manómetros de uso público para neumáticos de los vehículos automóviles en sus fases de verificación después de reparación o modificación y verificación periódica (BOE 195 - 95) 12.5.1
OM 16 - 1 - 96. Regula el control metrológico del Estado sobre manómetros electrónicos de uso público para neumáticos de vehículos automóviles (BOE 30 - 1 - 96) 12.5.1
OM 7 - 2 - 96. Modifica los anexos A y B del Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por carretera (TPC) aprobado por el Real Decreto 74/92, de 31 de enero (BOE 20 - 2 - 96) 12.9 - 18.2
OM 16 - 10 - 96. Modifica la Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayo e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas (BOE 5 - 11 - 96) 12.9
OM 13 - 11 - 96. Establece las normas para la inspección técnica de vehículos automóviles y remolques pertenecientes a las Fuerzas Armadas (BOE 20 - 11 - 96) 10
Anuncio 19 - 2 - 96. Enmiendas a los Anexos I y II del Acuerdo de 1 de septiembre de 1970, sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas (BOE 6 - 3 - 96) 12.9
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 19:10:42, pm
y un poco de definiciones para dar luz al tema jaajajaja ;D

Derivado de turismo: Automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.

Vehículo mixto adaptable: Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

Autocaravana: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

Vehículos todo terreno: Cualquier vehículo automóvil se considerará Todo Terreno si cumple las definiciones que indica la Directiva 92/53 en su anexo II punto 4.

Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 19:14:56, pm
24 Furgón/furgoneta MMA <= 3.500 kg.: Automóvil destinado al transpone de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.

25 Furgón 3.500 kg. < MMA <= 12.000 kg.: Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, e igual o inferior a 12.000 kg.

26 Furgón MMA > 12.000 kg. Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada sea superior a 12.000 kg.

30 Derivado de turismo: Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.

31 Vehículo mixto adaptable: Automóvil especialmente dispuesto para mixto el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

32 Auto-caravana MMA <= 3.500 kg.: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

33 Auto-caravana MMA > 3.500 kg.: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Mar, 06 Septiembre 2005, 19:25:01, pm
yo creo que (resumiendo)  esta es la parte complicada para nosotros :

conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares.

lo complicado sería ver que entra dentro de la definición de cocina. Porque si yo pongo un hornillo a gas metido en un mueble bien acabado se puede considerar una cocina???
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Mar, 06 Septiembre 2005, 20:33:58, pm
si por eso algunas preparaciones llevan hornillo con cartucho sin problema
saludos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Mar, 06 Septiembre 2005, 20:37:35, pm
joño, pues ya está entonces, no? , lo de los muebles no es problema para nosotros, jejejejeje, el asiento cama ya he estado mirando el tema y tampoco es para tanto.. además, sino homologas las plazas para viajar tampoco pasará nada, no?

del agua no hablan nada en las homologaciones, no?
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: nan en Mar, 06 Septiembre 2005, 21:32:17, pm
muchas gracias, porque el viernes tenia pensado ir a pasar la itv asta pamplona, asi me ahorro el viaje, por cierto cuando ponga calefaccion la tendre que homologar?
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Mar, 06 Septiembre 2005, 21:34:24, pm
esa es una buena duda, la de la calefaccion digo, a ver si alguien que la haya puesto nos dice algo... porque le estas metiendo mano al deposito de gasoil, no? parece un "poco" importante la modificación....

Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: VIVARACHO en Mié, 07 Septiembre 2005, 08:34:54, am
Nan, cuando le puese la calefa el lunes el mecanico no me dijo nada. En principio no tocas el deposito. Me supongo que sacas una "T" del manguito del gasoil y ya está. Nan, yo  pase la revision en la ITV del Pol. Talluntxe de Noain y sin problemas. Son gente muy enrrollada y a mi siempre me han atenido fenomenal.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: raul en Mié, 07 Septiembre 2005, 12:57:17, pm
Nan, cuando le puese la calefa el lunes el mecanico no me dijo nada. En principio no tocas el deposito. Me supongo que sacas una "T" del manguito del gasoil y ya está. Nan, yo  pase la revision en la ITV del Pol. Talluntxe de Noain y sin problemas. Son gente muy enrrollada y a mi siempre me han atenido fenomenal.

Es que los de Noain son funcionarios y bueno, se lo miran menos que los de la ITV de Berriozar, que como son una empresa, pues se lo miran más, ya que les puede caer un marrón si lo hacen mal.

saludos!
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: nan en Mié, 07 Septiembre 2005, 13:59:01, pm
eskerrikasko esta bien saberlo
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Jue, 08 Septiembre 2005, 06:06:47, am
TE quiero Ramasan! Pedazo de recopilacion legal..
YA te debo dos refrescos sin alcojol!!!!

Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: jmbotula en Jue, 08 Septiembre 2005, 11:09:28, am
Sobre la ITV:
Yo pase la ITV bianual en mayo, y tenia la calefa instalada, y no me dijeron nada de nada. Ademas fue curioso, ya que me miraron la furgo bastante detalladamente. Pero no fue por hacerme la revision, sino porque al ingeniero de la ITV, le gustan este tipo de furgos, y aparecio justo en medio de los tipicos controles, preguntando sobre el equipamiento camper, la CALEFA ESTACIONARIA,.....  :o.
Aparte comentaros, que mi furgo esta homologada como 3200 (32 Auto-caravana MMA ), y no tengo cocina...
¿Puede que cuando lo homologasen, año 2001, no fuese un requerimiento necesario?
salu2
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Jue, 08 Septiembre 2005, 11:12:18, am
Pues ya me esta entrando la sed Mr Perdy , jajajaja
es que estoy liado con el tema de la legalizacion del bicho gordo y estoy hasta el gorro de normativa
saludos  ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Jue, 08 Septiembre 2005, 11:16:26, am
jmbotula
ke ITV fue si se puede decir es que siempre es bueno tener esos datos ,
no la normativa que sepa es la misma pero no se aplica siempre igual
es lo que comente en mi primera respuesta , este pais es para llorar
dependes siempre del criterio de alguien y no de un reglamento porque
este es tan ambiguo que permite que cada tecnico decida a su antojo.
saludos :) ;) :D ;D campeiros
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: jmbotula en Dom, 11 Septiembre 2005, 11:16:25, am
Ramasan, ....esta ITV, te queda un pelin lejos...esta en Urnieta - Gipuzkoa.....
salu2
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Lun, 12 Septiembre 2005, 10:34:46, am
gracias jmbotula,
lo mas importante es la primera ITV luego ya una vez han dicho el si quiero
tienen que tragar en cualquier otra.
gracias  ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Junke en Lun, 12 Septiembre 2005, 19:24:34, pm
 Hola a todos,
 Entonces si he leido bien anteriormente... se supone que aunque hagas alguna modificación interior al vehiculo mientras "no te pases" de ciertos requisitos(como decía ooznak en el tema de la cocina por ej) no haría falta homologar? Es que al final nos meten tanto rollo con las puñeteras leyes que no hay quien se aclare. Como dice Ramasan despues de todo solo dependes de un tio que si ese dia ha dormido mal o simplemente le apetece buscarte las cosquillas, te jode a ti el día.
 Por cierto, entonces una vez se pasa la primera ITV ya no hay problema para las siguientes? A alguno de vosotros le ha pasado lo contrario?
 Y si tienes un vehiculo nuevo y lo "camperizas" pierdes la garantía? Parece lógico pensar que si, no?
 Yo creo que lo que tenían que hacer era sacar otra ley que sirva para homologar a los que homologan... seguro que no se salvaba uno!! jaja XD
 Saludos!
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: bud en Lun, 12 Septiembre 2005, 19:35:42, pm
Pero entonces el problema estaría en los que homologan a los que homologan, y habría que crear una tercera clase de chupoptero que se encargase de homolgar a los que homolgan a los que homologan... ;D
Menos chupopteros, y más sentido común. Y sobretodo unas leyes claras y concisas, creo que es mejor tener pocas leyes pero bien pensadas y redactadas que un montón de mierda impresa que es lo que tenemos.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Lun, 12 Septiembre 2005, 19:41:07, pm
pues va a ser que si ,
respecto a la primera ITV me refiero cuando homologas
si te homologan un coche con un pino de 2metros con sus respectivas piñas y figura
en la ficha el resto a tragar,
de ejemplos como el del pino no tengo pero de otros que son para llorar si .
asi que yo cruzare los dedos respirare y me llevare el vehiculo donde haga falta.
saludos :)
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Junke en Lun, 12 Septiembre 2005, 20:00:03, pm
 jejeje lo del pino ha estao bien :D
 Y en cuanto  Stilo es cierto, menos chupoptero y más sentido común, pero es muy dificil porque si en cosas más importantes la gente que redacta las leyes, etc etc no tiene un criterio claro... en los camper ni te cuento!
 Y si no que se puede esperar de un mundo donde Bush es el tio más poderoso? Eso tiene más peligro que un mono con una navaja(joer como se me va la olla, debe ser el aburrimiento jaja) :)
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ooznak en Lun, 06 Febrero 2006, 19:44:22, pm
Partiendo de la famosa definición:
 
"Según el REAL DECRETO 2822/1998, de 23 de Diciembre que desarrolla el Reglamento General de Vehículos en su Anexo II establece en las definiciones y categorías de vehículos que una Autocaravana es un... "Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente."
 
una duda que me ha surgido es que ... no hace falta tener el típico asiento cama, no? quien me dice que mi asiento plegado con un colchon encima no es una cama  o litera que se convierte en asiento?? no?? es decir, que casi cualquiera de los campers del foro podría ser una autocaravana, no? partiendo de que sirva como cocina una que no tenga instalación de gas. Es decir, un hornillo.

no os parece?
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Giusebt en Lun, 06 Febrero 2006, 20:13:30, pm
Y una cocina eléctrica ??  ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Lun, 13 Noviembre 2006, 13:48:01, pm
Al hilo del techo que voy a poner, y, tras hablar con interfurgo (muy amables, por cierto! ), voy a comenzar a preparar todos los trámites necesarios para la conversión a vehículo vivienda.

La reforma que quiero hacer es:

Eliminar 3 plazas, pasando de 6 a 3 (quito el asiento trasero)
Cambiar clasificación a vehículo vivienda, incluyendo los armarios, depósitos etc como parte del equipamiento
Cortar el techo y montar un techo elevable sin cama universal SCA 62.

No voy a poner instalación de gas, pues con el cartucho y el hornillo me vale
No voy a poner instalación de 220 V

Asi pues, y, solicitando el consejo del Docto (a la fuerza  ;D) e ínclito Ramasán, que boe me he de estudiar, de todos los que ponen?

Saludos camperos. Comienza mi viacrucis, ya está hecho, he encargado el techo.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: tra´fi:k en Lun, 13 Noviembre 2006, 14:05:16, pm
   Pues ya nos contaras. Creo que va a haber mucha gente pendiente de tus andanzas.

saludos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Lun, 13 Noviembre 2006, 14:10:09, pm
bueno... los primeros que voy a buscar son:

RD 2140/85,
RD 1457/86
RD 736/88, acerca de las reformas de importancia

y despues,

RD 2028/86, acerca del acondicionamiento interior y exterior.

saludos camperos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Lun, 13 Noviembre 2006, 14:14:08, pm
respecto al techo y tratandose de un vehiculo autoportante creo que es reforma
33 o 35 , incorporacion de techo elevable en vehiculo vivienda.
Luego la reglamentación realmente importante a cumplir es :
Vas a hablar con el que tiene que firmar en la ITV largo y tendido tanto como te deje
y le preguntas como quiere las reformas para que pueda firmar tranquilamente ,
y la equipas con lo mínimo que quiere , luego ya iras construyendo pero con la clasificación
realizada. Respecto a las normas lo que ha puesto ooznak es lo que en este momento
que yo sepa esta en vigor. Y como puedes ver es muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu amplio
y muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu interpretable reinterpretable y lo que le sale al que firma
.....
suerte y que la justicia universal este a tu lado , y el tècnico de la ITV también
saludos
 :) ;) :D ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Vie, 17 Noviembre 2006, 13:49:32, pm
bueno.. todavia no he empezado y ya hay trabas... jejeje

No me extraña que al final estas cosas se acaben tomando como algo personal.

Traba nº1. Colegio de ingenieros. Resulta que si quiero firmar yo, me he de sacar un seguro de responsabilidad civil (650 leru al año el mas barato), y mantenerlo 10 años. Con lo cual, y, como de momento, no me dedico a firmar cosas, pues "butifarra".
Conclusión, o engaño a alguien (que todo se puede hacer... ;D) o me toca pagar 3oo lerus más.

Traba nº2. ITV ¡¡¡CON LA IGLESIA HEMOS TOPADO!!!. Llamo a mi ITV de guardia, y me dicen que aquello de considerarlo como reforma de "poca" importancia, nones de los cojones. A tragar y a hacer proyecto, pero de verdad!. Lo cual, iterando a la traba 1, "butifarra un altre vegada"

Traba nº3. El techo.
                3.1 El transporte me cuesta un güevo.
                3.2 Me dice un instalador que mire usté, que si no está seguro que aquello vaya a servir, que si le llevo los papeles del techo me dice seguro si se puede hacer. Evidentemente, me ha dehao el esfinter qu ahora voy a cagar fideos den nº3. "butifarra. Muy fina, eso si, pero butifarra"


          Pues así andamos.... ;D

Seguiremos informando.
 
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: COME ROCAS en Vie, 17 Noviembre 2006, 19:30:07, pm
que sabes de certicados de talleeer ???
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Juan Manuel en Vie, 17 Noviembre 2006, 20:04:29, pm
Amigo MrPerdy, el famoso seguro de responsabilidad civil... Piensa que con 2 firmas al año ya lo tienes amortizado, Y este foro seguro que te da trabajo.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: ramasan en Vie, 17 Noviembre 2006, 20:48:29, pm
es cierto cierto 10 años desde el ultimo trabajo asta que prescribe.
Lo mejor es buscarse un firmante.
saludos :) ;) :D ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Sáb, 18 Noviembre 2006, 11:01:52, am
bueno. lo de la firma al final es echarle un poco de "face", porque ahora estoy metido en un proyecto que hay 4 ingenierías "trabajando para i" con lo cual, a alguien le podre "endosar" el muerto como un "favor" profesional... y si no no cobran, ea!!.. ;D

La verdad es que lo que me da mucho mas miedo es lo de que no me admitan la reforma...

Del certificado de taller, pues para algo que afece a la carrocería, tiene que ser mínimo un taller dde chapa, (en depaene que itv te pueden pedir que sea un carrocero)

Si es de motor, pues un taller mecánico standar vale.

Saludos camperos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: COME ROCAS en Sáb, 18 Noviembre 2006, 18:01:07, pm
mr  perdi ,no me referia a problemas de chapa ,veras tengo entendido que para homologar vehiculo vivienda necesitas un certificado de taller y depende de en que comunidad autonoma te lo piden o no ademas creo que en enero entra normativa nueva de gas
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Sáb, 18 Noviembre 2006, 18:12:15, pm
conlo del gas, si tienes instalación fija, si o si, tiene que firmarte un instalador autorizado de gas

SAludos camperos
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: lumoflo en Dom, 19 Noviembre 2006, 21:45:32, pm
yo homologue mi transit  y  se necesita un certificado de un taller carrocero donde te monten lo muebles
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Viggen en Lun, 20 Noviembre 2006, 11:15:42, am
Aupa MrPerdy, no había leído este post (porque no buscaré de vez en cuando...), y me he quedado acojonao, porque creo que estoy en situación muy similar a la tuya. He  monatdo un techo en Intefurgo SCA 150, y tengo asiento cama roulot. El viernes estuve en el colegio preguntando el tema de firmar proyectos. Un amigo es colegiado y en principio me va a firmar el proyecto (techo (ref.25)y asiento(ref.38)).

Primero quería firmar yo el proyecto pero no puedo porque sería coelgiado pero profesional adherido (nuevas titulaciones); el tema de seguro de responsabilidad civil, son 300€, si solo firmas 5 proyectos/año, y es necesario para que el colegio te vise el proyecto. Puedes firmar un proyecto y al trimestre darte de baja, por lo que te devolverían 225€ correspondientes a los siguientes 3 trimestres. El tema es que si algún día reclaman algo la cobertura existe si tienes el seguro. No se si se podrá darse de alta en el momento de que te pidan algo. No se si me podrán firmar el proyecto al final (por tema de seguro), y si firmaras algunos proyectos por año (5), creo que te compensaría cobrandoles (300/5=) 60€ + 35€ (que pide el colegio) + (42/5=) 9€ + (comision, que es curro) +X€. Unos 100€ más comisión por proyecto me parece más que justo.

Segundo, estoy redactando un proyecto para el tema del techo (reforma 25), con los papeles que me dio Julio (Interfurgo) en alemán. Tengo dos documentos, uno es el de la TÜV alemana y otro de como instalar el techo. Estos dos papeles son muy utiles y ya los tengo traducidos y estoy redactandolos y añadiendo planos y tal.

Tercero, con el asiento de Roulot lo mismo, ya hablé con el ingeniero de la ITV de Urnieta y me dijo que se puede homologar pero con proyecto. También, con los papeles de Roulot prácticamente está hecho y me queda darle forma.

Certificados de taller ya tengo y autorizaciones de fabricante también (para las dos reformas).

Me asalta una duda últimamente y es la de hacer un solo proyecto de todo como vehiculo vivienda, pero no sería más complejo??

Un saludo y estaremos en contacto que el tema me interesa, y MUCHO  ;D
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: MrPerdy en Lun, 20 Noviembre 2006, 11:31:05, am
Aupa!

el problema del seguro es que tienes que tenerlo en vigor hasta que prescribe el proyecto (10 años), con lo cual, es mucho mas barato que te lo firme uno que lo tiene, cobre lo que cobre.

Respecto al techo, he hablado con gente y el que pienso poner yo, un elevable sin mas (sin cama) puede haber alguna pega. Se que el de reimo no tiene las mismas homologaciones que los que llevan cama, por lo que, dependiendo donde, te pueden tocar los Webs. Es por ello, y, porque es infinitamente mas barato, que estoy mirando de pillar el SCA, pero antes de lanzarme a la piscina, le he pedido a los de interfurgo que me manden, si pueden algo de la homologacion, para estar seguro de que no va a haber ningun problema. A la minima que no lo vea claro me rajo, que para lo que cuesta, mejor tenerlo bien atado.

Respecto al proyecto, pues está claro que con traducir el manual, casi está listo. Solo tengo una duda... hay que hacer calculos estructurales de los refuerzos que hay que meter al techo o en el propio manual ya indican que la homologacion es en función de un refuerzo que dicen ellos y solo hay que montarlo tal y como dicen???

Tu que tienes los papeles podrias echarme una manita...

Respecto a vehiculo vivienda, entiendo que es la reforma mas facil. Simplemente es un cambio de categoria, para el cual, tienes que cumplir una serie de requisitos, que ya tienes. El asiento cama ayuda mucho. Yo sin embargo, que voy a reducir de 6 plazas a 3, quedando atras sin plazas de viaje, ya no tengo el asiento cama, pero tengo mesa-cama y otras cosas.

Evidentemente, o por lo menos asi lo entiendo yo, es mejor meterlo todo de vez.

Animo, que tu ya casi lo tienes.
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: Viggen en Lun, 20 Noviembre 2006, 11:37:53, am
Aupa MrPerdy,

Vaya velocidad tío!! Lo de tu techo pensaba que era elevable con cama!! El mío hace falta homlogar seguro!! El tuyo no lo se. En los papeles que tengo aparecen medidas y materiales de construcción. Los calculos de resistencia los haría yo, pero que no es muy dificil, vaya. En el proyectoi hay que meter los cálculos que pidan ni uno más  ;D .

Pues me estoy pensando en hacerlo como vivienda, como ventajas respecto a mixto sería el tema de la itv cada 2 años y la velocidad 120, nada más no?? Pregunté a una ingeniería de aquí de donosti y me dijo que el proyecto del techo 300€ + iva, igual le comento que me haga uno de todo y con la info que recopile (que no es poco  ;D) me haga una rebajilla...  ;D Es que me hace falta solo un firmante!!! A ver como va, ya os infiormaré.

Geroarte
Título: Re: homologaciones camper
Publicado por: guagua touring en Mar, 28 Noviembre 2006, 13:55:51, pm
A ver si me animo también a passar a vivienda... Mi jefe está colegiado. ¿Como vivienda se paga menos impuesto de circulacion? ¿Tiene algun inconveniente respecto a vehiculo mixto? Me iria bien poder mirar algun proyecto "tipo". ¿Hay que calcular las uniones de los muebles?

Gracias y a ver si lo logramos