collapse

Recomendados

Accesorios 4x4

Accesorios 4x4 y Todoterreno

Autor Tema: Una pregunta sobre el Código de Circulación  (Leído 3569 veces)



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Una pregunta sobre el Código de Circulación
« en: Vie, 20 Febrero 2009, 22:36:07, pm »
Os planteo un pequeño problema que tengo, a ver que opinais:

Resulta que el año pasado han asfaltado mi calle donde vivo. La entrada de coche a mi casa me la han dejado con inclinación lateral, ya que la calle hace bajada. La calle es una calle secundaria pero es de doble sentido, lleva incluso la raya continua.

Mis vecinos en frente aparcan en la calle, ocupando casi un carril entero. Antes no había problema al estar sin asfaltar, la calle era más ancha al no tener aceras. Pero ahora tengo unos problemas tremendos para entrar y salir de mi casa con el Peugeot (con el Jeep da igual paso encima de la acera), ya que mi entrada hace un poco de subida y entre el asfalto y la rampa de subida hay un trozo de cemento resbaladizo. Para entrar tengo que maniobrar mucho porque no tengo espacio, además en el trozo de cemento se me enciende el control de tracción y dejo neumáticos. Y para salir (con la parte trasera en bajada), si giro demasiado cerrado se me levanta la rueda delantera izquierda. Si salgo lo más recto posible tengo que maniobrar mucho para no darme con la rueda en la esquina de la acera.

En resumen, tanta historia para explicaros que esta semana al salir de casa y frenando para ir poco a poco se me resbaló la rueda en el cemento y le di a un coche allí aparcado. Naturalmente la culpa es mia, al estar el coche estacionado. Hace tiempo esperaba lo que tenía que pasar. No obstante, a mi entender está prohibido aparcar en una calle de doble sentido. ¿O hay excepciones?

Con algunos vecinos ya he intentado hablar pero sus oidos están sordos. El otro día fui al Ayuntamiento y de paso pregunté si se podría hacer un contravado. Me decían que tenía que hacer una instancia, pero en principio tendría que pagar por ello. Y entonces me surgen 2 preguntas: ¿Si está prohibido aparcar en una calle de 2 sentidos, un contravado en principio no se debería tener que poner ¿no? ¿Y si está prohibido, porque tengo que pagar por ello?

Teóricamente, si un coche me molesta al salir de mi casa (estoy pagando vado), debería llamar a la grúa. Pero no puedo esperar la grúa cada mañana!! Y no voy a ponerme a las malas con los vecinos!! Aunque pensándolo bien, respetando a los vecinos he salido perdiendo (se me ha chafado el guardabarros en un lado y la reparación la tengo que pagar yo). Y la vecina cuando la llamé que le había dado, me dice "no sabía que aquí no se puede aparcar"! Pero yo ahora estoy dudando. Quiero plantear el problema al Ayuntamiento que busquen una solución, pero lo de la prohibición de aparcar no lo tengo al 100% claro.

Un saludo/Marion





Desconectado vilalta

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1446
  • Karma: +0/-0
  • AUTT 03651
    • www.myspace.com/destres
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #1 en: Sáb, 21 Febrero 2009, 12:58:59, pm »
 Efectivamente el contravado hay pagarlo. ¿Hay placas de prohibido aparcar o estacionar?.
 A veces es lo malo que tienen las urbanizaciones, son un poco libre albedrio en ese sentido  :-\



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #2 en: Sáb, 21 Febrero 2009, 13:50:12, pm »
No, no hay placas. Está todo recién hecho y aún faltan terminar algunas cosas. Han hecho especialmente una zona de aparcamiento para el barrio, pero la gente tiene que andar 50 metros y es demasiado. Pero si lleva pintada la raya discontínua de doble sentido. Pero quizás es lo que tengo que pedir, una placa prohibido aparcar.

Un saludo/Marion



Desconectado el_dueño

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 4543
  • Karma: +0/-0
  • LAND ROVER DEFENDER 90 300tdi
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #3 en: Mié, 25 Febrero 2009, 08:30:15, am »
delante o cerca de tu cochera aparcan siempre los mismos coches? es decir, de residentes vecinos tuyos?

si es asi a base de gruazos ya no aparcan mas ;D, yo a los mios ya los tengo domesticados ;D y lo siento mucho por ellos, pero hay que cumplir la ley ;)

saludos y suerte marion
el_dueño
Antonio Aguilera --- Alcalá la Real (Jaén)
Land Rover Defender 90 300tdi

No te adaptes al campo... SE DE CAMPO! ;D



Desconectado NISAVARA

  • Pistero
  • **
  • Mensajes: 176
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #4 en: Mié, 25 Febrero 2009, 15:04:57, pm »
A mi entender, me parece que todo es nuevo, es decir que no hay placas de prohibido estacionar,no hay las rallas que delimiten el sitio de estacionar, pero tu si que tienes que pagar el vado para que nadie estacione en tu puerta.

En mi opinion, creo que tienes que hablar con el ajuntamiento para que ternimen de acondicionarlo todo, y tu esplicarles que en tu puerta  no estacione nadie, pero que en la otra cera de enfrente tampoco ya que es complicado de maniobrar.
Digo yo, no se, creo que hablando la cosa se puede en tender, pero si esta claro que si tu le das un gope a otro vehiculo, que en teoria esta bien estacionado, per que no hay señal que lo prohiba, pues ya sabes, la culpa es tuya.
saludos
xavi



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #5 en: Mié, 25 Febrero 2009, 17:58:16, pm »
delante o cerca de tu cochera aparcan siempre los mismos coches? es decir, de residentes vecinos tuyos?

si es asi a base de gruazos ya no aparcan mas ;D, yo a los mios ya los tengo domesticados ;D y lo siento mucho por ellos, pero hay que cumplir la ley ;)

saludos y suerte marion

La verdad es que no puedo esperar cada día a que venga la grúa que tardaría una hora para venir del centro. Y tampoco me quiero poner a las malas con los vecinos.

Un saludo/Marion



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #6 en: Mié, 25 Febrero 2009, 18:03:25, pm »
A mi entender, me parece que todo es nuevo, es decir que no hay placas de prohibido estacionar,no hay las rallas que delimiten el sitio de estacionar, pero tu si que tienes que pagar el vado para que nadie estacione en tu puerta.

En mi opinion, creo que tienes que hablar con el ajuntamiento para que ternimen de acondicionarlo todo, y tu esplicarles que en tu puerta  no estacione nadie, pero que en la otra cera de enfrente tampoco ya que es complicado de maniobrar.
Digo yo, no se, creo que hablando la cosa se puede en tender, pero si esta claro que si tu le das un gope a otro vehiculo, que en teoria esta bien estacionado, per que no hay señal que lo prohiba, pues ya sabes, la culpa es tuya.
saludos
xavi

La culpa siempre es mia si le doy a un coche estacionado, esté bien o mal aparcado (según me dice la compañía de seguros). Pero yo no estoy del todo conforme con eso, porque me juego mi coche cada día y mi coche se ha llevado la bastante peor parte que el otro. Según el seguro tendría que llamar a la grúa si está mal aparcado.

En principio no deberían hacer falta las placas de prohibido aparcar si ya está prohibido por ley. Pero como dice Vilalta, en las urbanicaciones no se toman esa ley tan al pie de la letra. El Ayuntamiento ya ha acondicionado una zona de aparcamiento, pero no quieren aparcar allí (está a menos de 50 m), quieren aparcar delante de casa.

Ya he hecho una carta al Ayuntamiento pidiendo una solución. Mañana llevaré la instancia y a ver si puedo hablar con el Jefe de los Servicios Técnicos.

Gracias por vuestros comentarios.

Un saludo/Marion



Desconectado PK-GR

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 7529
  • Karma: +0/-0
  • Yo si que sé lo que es sentir la llamada de Africa
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #7 en: Vie, 27 Febrero 2009, 11:10:42, am »
Has probado a hablar con los vecinos¿?
Igual, no se, hablando con ellos mostrandoles el problema en  directo( viendolas maniobras que has de hacer) pueden poner el coche un poco mas arriba o un poco mas abajo.
No se....... es una idea.

Un saludo.
Un saludo desde ...



Desconectado Xavi-Ps10

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 14122
  • Karma: +0/-0
  • Os presentamos a "La Azulita" T3 Syncro Caravelle
    • La vida desde un Santana Anibal
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #8 en: Vie, 27 Febrero 2009, 11:41:46, am »
ademas, si despues de hablar con ellos no hay por su parte voluntad de solucionarlo quedas moralmente liberada para llamar grua o lo que haga falta, no vas a ser tu la unica con miramientos.


Hasta el infinito y más payá...



Desconectado PK-GR

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 7529
  • Karma: +0/-0
  • Yo si que sé lo que es sentir la llamada de Africa
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #9 en: Vie, 27 Febrero 2009, 11:48:07, am »
Estoy totalmente de acuerdo con Xavi, gracias chato por la puntualizacion,  ;) ;D ;D ;D

Un saludo.
Un saludo desde ...



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #10 en: Vie, 27 Febrero 2009, 16:15:22, pm »
Ya he intentado hablar con los vecinos y opinan que si tomo la curva más cerrada tengo sitio de sobra!!!!!! Les da bastante igual que me deje los neumáticos en el asfalto. Ya he tenido que cambiar los delanteros después de tan sólo 15.000 km. Las marcas se ven perfectamente en la rampa de subida. También les he propuesto que aparquen en el otro lado, en el lado de mi puerta. Pero lo único que he recibido por respuesta era: Es que siempre hemos aparcado allí. Además, tendremos un aparcamiento menos, tu portal!!

Yo ya he hecho una instancia al Ayuntamiento, que busquen una solución. Y si de allí no sale nada, o llamaré a la grúa o les chafaré el coche con el Jeep cuando no lo vea nadie!!  >:D >:D

Pero sigo estando en la duda si realmente está prohibido aparcar y si hacen excepciones en las urbanizaciones. No encuentro nada en Internet.

Un saludo/Marion






Desconectado boticario

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 6540
  • Karma: +2/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #11 en: Vie, 27 Febrero 2009, 16:26:46, pm »
un dia que veas por alli a los civiles pasar se lo preguntas y sales de dudas



Iveco Massif 5 puertas 146 cv

La muerte está tan segura de su victoria que nos da toda una vida de ventaja



Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #12 en: Vie, 27 Febrero 2009, 19:52:54, pm »
un dia que veas por alli a los civiles pasar se lo preguntas y sales de dudas

Por aquí no hay de esos Boticario. Y los Mossos sólo los veo en las rotondas haciendo controles. Igual están dando vueltas y no me he dado cuenta, pero no los he visto nunca por el barrio. Igual en una Autoescuela me pueden informar!!

Un saludo/Marion



Desconectado PK-GR

  • Dakariano
  • ******
  • Mensajes: 7529
  • Karma: +0/-0
  • Yo si que sé lo que es sentir la llamada de Africa
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #13 en: Sáb, 28 Febrero 2009, 00:44:52, am »

Yo ya he hecho una instancia al Ayuntamiento, que busquen una solución. Y si de allí no sale nada, o llamaré a la grúa o les chafaré el coche con el Jeep cuando no lo vea nadie!!  >:D >:D

Pero sigo estando en la duda si realmente está prohibido aparcar y si hacen excepciones en las urbanizaciones. No encuentro nada en Internet.

Un saludo/Marion





... ya puestos..... casi prefiero que me vean y me haria el tonto, .....y..... "ups, fue sin querer, queriendo"...


un saludo.
Un saludo desde ...



Desconectado SAHEL-CEUTA

  • Mitsubishi Montero Sahel 115 cv-GPS Belson BNP101-....el bolsillo proveerá y la parienta decidirá (DECIDE)
  • Pistero Avanzado
  • ***
  • Mensajes: 414
  • Karma: +0/-0
  • Ceuta "Perla del Mediterraneo"
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #14 en: Sáb, 28 Febrero 2009, 09:39:02, am »
- Marion, dale un vistazo a esto por si te vale para fundamentar el tema con el funcionario de turno y a tus mal-flojos-vecinos, es un extracto, obviamente:

REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

2. En concreto, tales preceptos serán aplicables:

a) A los titulares de las vías públicas o privadas, comprendidas en el párrafo c), y a sus usuarios, ya lo sean en concepto de titulares, propietarios, conductores u ocupantes de vehículos o en concepto de peatones, y tanto si circulan individualmente como en grupo.
Asimismo, son aplicables a todas aquellas personas físicas o jurídicas que, sin estar comprendidas en el inciso anterior, resulten afectadas por dichos preceptos.

c) A las autopistas, autovías, carreteras convencionales, a las áreas y zonas de descanso y de servicio, sitas y afectas a dichas vías, calzadas de servicio y a las zonas de parada o estacionamiento de cualquier clase de vehículos; a las travesías, a las plazas, calles o vías urbanas; a los caminos de dominio público; a las pistas y terrenos públicos aptos para la circulación; a los caminos de servicio construidos como elementos auxiliares o complementarios de las actividades de sus titulares y a los construidos con finalidades análogas, siempre que estén abiertos al uso público, y, en general, a todas las vías de uso común públicas o privadas.

TÍTULO I
Normas generales de comportamiento en la circulación

CAPÍTULO I

Normas generales

Artículo 2. Usuarios.
Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes (artículo 9.1 del texto articulado).

CAPÍTULO VIII

Parada y estacionamiento

Artículo 93. Ordenanzas municipales.
1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el  estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor (artículo 38.4 del texto articulado).
2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.

SECCIÓN 2.a NORMAS ESPECIALES DE PARADAS
Y ESTACIONAMIENTOS

Artículo 94. Lugares prohibidos.
1. Queda prohibido parar:
c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
f) En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.

2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
3. Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.d) del texto articulado.


TÍTULO IV
De la señalización
CAPÍTULO IV
Aplicación de las señales
SECCIÓN 2.a RESPONSABILIDAD DE LA SEÑALIZACIÓN EN LAS VÍAS
Artículo 139. Responsabilidad.
1. Corresponde al titular de la vía la responsabilidad de su mantenimiento en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales.

SECCIÓN 5.a DE LAS MARCAS VIALES
Artículo 166. Objeto y clases.
1. Las marcas sobre el pavimento, o marcas viales, tienen por objeto regular la circulación y advertir o guiar a los usuarios de la vía, y pueden emplearse solas o con otros medios de señalización, a fin de reforzar o precisar sus indicaciones.
2. Las marcas viales pueden ser: marcas blancas longitudinales, marcas blancas transversales, señales horizontales de circulación, otras marcas e inscripciones de color blanco y marcas de otros colores.

Artículo 167. Marcas blancas longitudinales.
La nomenclatura y significado de las marcas blancas longitudinales son los siguientes:
b) Marca longitudinal discontinua. Una línea discontinua en la calzada está destinada a delimitar los carriles con el fin de guiar la circulación, y significa que ningún conductor debe circular con su vehículo o animal sobre ella, salvo, cuando sea necesario y la seguridad de la circulación lo permita, en calzadas con carriles estrechos (de menos de tres metros de anchura).


Saludos,

Juanma




Desconectado Lady Marion

  • Cuatrero
  • *****
  • Mensajes: 1732
  • Karma: +0/-0
Re: Una pregunta sobre el Código de Circulación
« Respuesta #15 en: Sáb, 28 Febrero 2009, 11:26:02, am »
Fantástico Sahel, se los pondré bajo las narices en caso de que no me atiendan debidamente. Pero creo que con citar algún número de artículo ya les vale.

Un saludo/Marion